CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E DE FECHA 19 DE FEBRERO DE 1918
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P.O. 102 – 21 DE DICIEMBRE DE 2012 - Decreto 162
PRIMERO.-
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
SEGUNDO.-
La distribución que se establece en este decreto, sobre los tiempos en que
habrán de desarrollarse los períodos ordinarios de sesiones del Congreso del Estado y
los períodos de funcionamiento de la Diputación Permanente, surtirá efectos a partir del
Segundo Año del Ejercicio Constitucional de la LIX Legislatura, que se inicia el 1 de
enero de 2013.
DADO
en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo,
Coahuila de Zaragoza, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil doce.