LEY DE LA ADMINISTRACIÓN FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 37 DE FECHA 08 DE MAYO DE 2012
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EL C. RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE
COAHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA:
NÚMERO 20.-
LEY DE LA ADMINISTRACIÓN FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DE LA NATURALEZA Y OBJETO
ARTÍCULO 1.-
La presente Ley tiene por objeto establecer las bases para el
funcionamiento y las atribuciones de la Administración Fiscal General, como órgano
desconcentrado de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de
Zaragoza.
A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicarán de forma supletoria el Código
Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y los demás ordenamientos que resulten
aplicables.
ARTÍCULO 2.-
El objeto de la Administración Fiscal General, será la recaudación de los
impuestos, derechos, contribuciones, productos y aprovechamientos estatales, así
como los de carácter federal y municipales que se manejen de manera coordinada y
cualquier otra carga tributaria y cualquier otra de naturaleza análoga que le sea
encomendada por el titular del Ejecutivo o el Secretario de Finanzas del Estado,
salvaguardando los intereses y derechos de los ciudadanos.
ARTÍCULO 3.-
La Administración Fiscal General gozará de autonomía de gestión para
la consecución de su objeto y de autonomía técnica para dictar sus acuerdos y
resoluciones.
ARTÍCULO 4.-
El domicilio de la Administración Fiscal General será el municipio de
Saltillo, del Estado de Coahuila de Zaragoza, donde se ubicarán sus oficinas centrales.
Contará con oficinas y unidades administrativas en los municipios de la entidad que se
requieran, a efecto de garantizar una adecuada desconcentración geográfica, operativa
y de decisión en asuntos de su competencia conforme a esta ley y demás disposiciones
aplicables.