REGLAMENTO INTERIOR DE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 37 DE FECHA 08 DE MAYO DE 2012
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II.
Elaborar el informe anual sobre el estado que guarden los bienes muebles e
inmuebles de las dependencias y entidades de la administración pública
estatal.
III.
Proponer al Coordinador General de Patrimonio para su aprobación, las
ventas de bienes muebles e inmuebles de las dependencias y entidades de
la administración pública estatal.
IV.
Inscribir en el Registro Público, y en su caso en el Registro Agrario Nacional,
los bienes inmuebles que conforman el patrimonio del Estado.
V.
Proponer al Coordinador General de Patrimonio, para autorización del
Secretario, las solicitudes de arrendamiento de bienes inmuebles, adscritos
al patrimonio estatal.
VI.
Integrar los registros del padrón y de transferencia de los bienes muebles e
inmuebles que conforman el patrimonio del Estado.
VII.
Llevar el control patrimonial y registro de los almacenes en que se
resguarden los bienes que conforman el patrimonio del Estado.
VIII.
Participar en el Comité de Adquisiciones en los términos previstos por las
disposiciones aplicables en la materia.
IX.
Integrar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e
inmuebles de las dependencias y entidades de la administración pública
estatal.
X.
Efectuar las altas y bajas en el inventario de bienes patrimoniales, del
mobiliario y equipo de las dependencias y entidades de la administración
pública estatal.
XI.
Formular los proyectos de solicitudes de expropiación de bienes inmuebles y
de terrenos ejidales o comunales que procedan para causa de utilidad
pública.
XII.
Recibir, analizar y evaluar las solicitudes de liberación de derechos de vía,
para la construcción y modernización de vías de comunicación y la
adquisición de predios para la construcción de obra pública que formulen las
dependencias y entidades de la administración pública estatal y las que se
convengan con el gobierno federal y en su caso celebrar los convenios y
contratos de afectación que se deriven de las negociaciones con los
propietarios.