REGLAMENTO INTERIOR DE DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 37 DE FECHA 08 DE MAYO DE 2012
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V.
Realizar las gestiones correspondientes ante las instancias competentes
para que se lleve a cabo la entrega en tiempo y forma de los fondos, así
como otros recursos descentralizados que la Federación participe al Estado
y/o a los municipios, con base en las disposiciones legales y conforme a las
estimaciones autorizadas por la autoridad competente.
VI.
Mantener informadas a las dependencias, organismos y entidades estatales,
así como a los municipios, respecto a las disposiciones presupuestarias que
regulen la gestión de recursos.
VII.
Verificar el cumplimiento de las observaciones emitidas por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y las unidades responsables de la evaluación a
las documentaciones legales y técnicas correspondientes a los programas y
proyectos de inversión de las dependencias y entidades de la administración
pública estatal.
VIII.
Las demás que le atribuyan este reglamento y otras disposiciones aplicables,
así como las que le asigne su superior jerárquico inmediato.
ARTÍCULO 45.
Corresponde al Director de Seguimiento y Control de la Inversión:
I.
Gestionar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el registro en la
Cartera de Programas y Proyectos de Inversión para los programas y
proyectos de inversión que cuenten con los elementos técnicos necesarios y
cumplan con la normatividad aplicable.
II.
Coadyuvar con las unidades administrativas de la Secretaría en las tareas
relacionadas con el diseño e implementación de políticas públicas y en el
proceso presupuestario del gasto público de inversión.
III.
Llevar a cabo, en coordinación con las unidades administrativas competentes
de las distintas dependencias y entidades de la administración pública
estatal, el seguimiento, actualización y mantenimiento, así como la vigencia
del registro, de los programas y proyectos que tienen su origen en el
Presupuesto de Egresos de la Federación, así como otras fuentes de
financiamiento.
IV.
Integrar una base de datos con las principales características de los
programas y proyectos que conformen la Cartera Anual de Programas y
Proyectos de Inversión (CAPPEI), previo acuerdo con el Coordinador
General de Inversión.
V.
Integrar, en conjunto con las dependencias y entidades competentes de la
administración pública estatal, la información cualitativa para apoyar el
seguimiento a los programas y proyectos de inversión.