REGLAMENTO INTERIOR DE DE LA ADMINISTRACIÓN FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 37 DE FECHA 08 DE MAYO DE 2012
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IV.
Implementar tecnología de vanguardia en lo que a informática y
telecomunicaciones concierne, promoviendo y apoyando los programas de
modernización administrativa de la Administración Fiscal General.
V.
Establecer, acorde a la normatividad vigente, las políticas, normas, sistemas,
procedimientos técnicos y administrativos que en materia de informática y
telecomunicaciones procedan.
VI.
Administrar el sitio central de información e infraestructura de
telecomunicaciones de la Administración Fiscal General, para sustentar el
desempeño de las funciones propias de ésta.
VII.
Vigilar, regular y asegurar el crecimiento adecuado de los sistemas de
información en el ámbito de su competencia.
VIII.
Analizar, evaluar, seleccionar e implementar los proyectos, instalaciones y
servicios concernientes a las tecnologías de voz, datos, video e internet,
requeridos por la Administración Fiscal General.
IX.
Promover seminarios de capacitación en materia de informática, de acuerdo
a la normatividad establecida.
X.
Llevar a cabo la operación, mantenimiento preventivo y correctivo de los
sistemas, equipos de cómputo y de telecomunicaciones, de su competencia.
XI.
Definir modelos de integración y estandarización de plataformas tecnológicas
de cómputo y telecomunicaciones, para la Administración Fiscal General.
XII.
Mantener y garantizar la calidad de los servicios y productos a su cargo.
XIII.
Mantener y garantizar la seguridad de las bases de datos, los sistemas de
información y la infraestructura de telecomunicaciones, estableciendo todas
las medidas, mecanismos, procedimientos y normas que considere
pertinentes para tal propósito.
XIV.
Previa autorización del Administrador Fiscal de Estado, participar como
apoyo técnico en la definición y selección del equipo de cómputo,
herramientas de software y telecomunicaciones en los procesos de
adquisición, que se celebren por parte de las dependencias del Gobierno del
Estado.
XV.
Concentrar, resguardar, mantener y operar las bases de datos de los
diferentes sistemas de información con que cuenten las unidades
administrativas de la Administración Fiscal General definiendo las normas,
disposiciones, prevenciones, lineamientos y medidas que considere
necesarias, con el fin de garantizar la integridad, seguridad y disponibilidad
de las mismas.