LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 94 DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2011
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TARIFA
I.
El examen de todo documento público o privado que se presente para su
inscripción, cuando se rehuse ésta por no ser procedente y cuando se devuelva
sin inscribir a petición del interesado o por resolución judicial, $63.00 (SESENTA Y
TRES PESOS 00/100 M.N.);
II.
La inscripción de la escritura constitutiva de sociedades mercantiles o de las
relativas a aumentos de su capital social, se pagará conforme a la fracción II del
artículo 79 de esta ley, sobre el monto del capital social o de sus aumentos.
Tratándose de sociedades mercantiles de capital variable, se pagará conforme a
esta fracción, por los aumentos de capital en su parte variable, que se presente
para su inscripción;
III.
La inscripción de las modificaciones a la escritura constitutiva de sociedades
mercantiles, que no se refieran a aumento de capital social, $63.00 (SESENTA Y
TRES PESOS 00/100 M.N.), por hoja;
IV.
La inscripción de créditos de cualquier clase, hipotecarios, prendarios,
refaccionarios, de habilitación o avío y otros, otorgados por instituciones de
crédito, agrupaciones financieras o particulares, sobre el importe de la operación,
el 6 al millar.
La inscripción de reestructuración de créditos, causara derechos conforme a esta
fracción, únicamente sobre el monto en el que se incremente el crédito ya inscrito,
cuando no exista incremento se pagarán $63.00 (SESENTA Y TRES PESOS
00/100 M.N.) por hoja.
La misma tarifa se aplicará a los contratos celebrados por arrendadoras
financieras, públicas o privadas que se refieran a financiamientos;
V.
La búsqueda de datos para certificados e informes, por cada período de cinco
años o fracción, $94.00 (NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.);
VI.
La expedición de certificados o certificaciones relativos a constancias del registro,
independientemente de la búsqueda:
1.
Por la primera hoja, $188.00 (CIENTO OCHENTA Y OCHO PESOS 00/100).
2.
Por cada hoja adicional, $21.00 (VEINTIUN PESOS 00/100 M.N.).
3.
Por otros, $115.00 (CIENTO QUINCE PESOS 00/100 M.N.).
VII.
La inscripción de títulos o documentos relativos a sociedades mercantiles o civiles
que no expresen valor y que de su texto no pueda deducirse, siendo condición