CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
PUBLICADA EN EL P.O.E No. 1 DE FECHA 2 DE ENERO DE 2004
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II.
De $200.00 a $4,670.00, a las establecidas en las fracciones II y III.
III.
De $200.00 a $3,740.00, a la señalada en la fracción IV.
IV.
De $570.00 a $7,470.00, a la señalada en la fracción V.
ARTICULO 74.
Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de
contribuciones, con la presentación de declaraciones, solicitudes, avisos y con la
expedición de constancias incompletas o con errores:
I.
No presentar declaraciones, solicitudes, avisos, constancias, manifestaciones o
demás documentos que exigen las disposiciones fiscales o presentarlos a
requerimiento de las autoridades fiscales o presentarlos incompletos, con errores o
en una forma distinta a la señalada en las disposiciones fiscales. No cumplir
requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos
a que se refiere esta fracción o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los
mismos.
II.
No pagar contribuciones dentro de los plazos que establecen las disposiciones
fiscales.
ARTICULO 75.
A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de pago
de contribuciones, con la presentación de declaraciones, solicitudes o avisos, así como
de expedir constancias a que se refiere el artículo anterior, se impondrán las siguientes
multas:
I.
Para la señalada en la fracción I:
a)
Del 10% al 20% de las contribuciones omitidas, tratándose de declaraciones,
por cada una de las obligaciones no declaradas en su caso. Si dentro de los seis
meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se
impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de
aquélla, declarando contribuciones adicionales, sobre la misma se aplicará
también la multa a que se refiere este inciso.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2012)
b)
De 5 a 20 días de salario mínimo vigente en el Estado, por cada obligación a
que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera
del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento.
c)
Por el incumplimiento de los requerimientos o por su cumplimiento fuera de los
plazos señalados en los mismos, respecto de una misma declaración, solicitud,
aviso o constancia, además de las multas a que se refieren los incisos a) y b):
1.
De 1 a 5 días de salario mínimo vigente en el Estado, para el primer
requerimiento;